USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL
Esta tipología delictiva, viene subsumida en otros delitos como pueden ser por ejemplo, el delito de estafa mediante el uso fraudulento de tarjeta de crédito (dado que el autor, usurpa la identidad de la víctima, para realizar una compra). Usurpar el Estado Civil de una persona, significa ponerse en lugar del otro y suplantar la personalidad de esa persona.
Art. 401
El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años. (Artículo 401 del Código Penal)
Es un DELITO DOLOSO y se consuma cuando queda verificada esa suplantación, mediante el ejercicio o alguno de los derechos o acciones que le pertenecen a la persona suplantada o cuya personalidad ha sido usurpada.